Bermejo “El Cazador, Cazado”
La Junta de Andalucía ha abierto un expediente informativo al Ministro de Justicia por participar en monterías, en fincas del Estado, en Jaén, sin tener licencia de caza. El Presidente del PP, Mariano Rajoy, lo ha calificado como: “derecho de pernada”.
Fernández Bermejo ha reconocido que carece de la licencia de caza en Andalucía, aunque posee la de Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, etc. Las razones alegadas, por su despiste: “no me había percatado que estaba en otra comunidad autónoma”, “estas son fincas que están al lado de Puertollano (200 km +-), “me siento desolado”.
Una cosa está clara, el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento y si consultamos la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres, podemos ver:
Artículo 77. Faltas Graves: apartado 7: Cazar sin licencia válida o con datos falsificados.
Artículo 82. Cuantía de las sanciones. Apartado 2b: Las infracciones graves con multa de 601,02 a 60.101,21.
Artículo 83. Sanciones accesorias. Apartado 1a: Suspensión o inhabilitación para la obtención de la correspondiente licencia o autorización del aprovechamiento por un período comprendido entre un mes y cinco años, cuando la infracción sea calificada como grave.
Y ya, metidos en faena, no podemos dejar el Artículo 84. Criterios de proporcionalidad. 1: La graduación de las sanciones, dentro de los intervalos dispuestos en los artículos, se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios: (Aquí va lo mejor)
c. intencionalidad.
i. Ostentar cargo o función que obliguen a hacer cumplir los preceptos de esta Ley.
j. La comisión de la infracción dentro de un espacio natural protegido.
Sr. Mariano, Es Vd. “el cazador cazado”.
Tag: Política

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